ACTAS COMISIÓN PERMANENTE, CONSULTIVA Y DE TRABAJO DEL CGAE, VÍA LEY DE TRANSPARENCIA
0:05Ángel LópezEn junio de 2020, como comenté en esta entrada, solicité las Actas del Pleno del CGAE, y la cosa no fue mal, pues desde entonces, comenzaron a publicarlas en el portal de transparencia y cualquiera puede acceder a ellas, lo que supone un avance en materia de transparencia. Es verdad que, censuradas y no con la rapidez que debieran, porque las suben con bastante retraso.
Pues bien, como expongo en el escrito, entiendo que también deberían estar publicadas, la del resto de órganos colegiados del CGAE, así que, he procedido a solicitarlas.
Vamos a ver, qué resultado da y cuánto de transparente es el CGAE.
Trascribo a continuación la solicitud presentada, ya os iré contando.
Recuerdo que abajo hay botones para compartir, contra más se difunda esta petición, más presión entiendo que se ejerce para que el CGAE acepte la solicitud, así que, tu colaboración es importan #T.
CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACÍA
MADRID
En Madrid, a 3 de diciembre de 2022.
Por medio de la presente comunicación, en mi condición de ciudadano y al tiempo abogado en ejercicio, sin perjuicio de mi pertenencia a #T (Brigada Tuitera) y #R Asociación Red de Abogados de España, al amparo de la Ley de Transparencia, les solicitó formalmente:
- Copia de las Actas de las reuniones de la Comisión Permanente del Consejo General de la Abogacía de los años 2020 a la actualidad, con entrega de los documentos que recojan los asistentes y representados, para el supuesto de que no figuren en las aludidas Actas.
- Copia de las Actas de las reuniones de la Comisión Consultiva del Consejo General de la Abogacía de los años 2020 a la actualidad, con entrega de los documentos que recojan los asistentes y representados, para el supuesto de que no figuren en las aludidas Actas.
- Copia de las Actas de las reuniones de la Comisiones de Trabajo del Consejo General de la Abogacía de los años 2020 a la actualidad, con entrega de los documentos que recojan los asistentes y representados, para el supuesto de que no figuren en las aludidas Actas.
Esta solicitud está amparada por la aludida Ley de Transparencia y por documentos sobre Transparencia de la Unión Profesional, cuya presidencia se ejerce actualmente por la propia Presidenta de Abogacía.
Así puede leerse en la “Guía de Transparencia y acceso a la Información Pública dirigida a los Colegios Profesionales y Consejos de Colegios Profesionales y demás corporaciones de derecho público", de diciembre de 2016, confeccionada de manera conjunta por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y la aludida Unión Profesional en el apartado, titulado "Ámbitos materiales de los que pueden proyectarse el ejercicio del derecho":
Tal y como se ha indicado con anterioridad, las corporaciones de derecho público quedan sometidas al cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa definidas en los artículos 5 a 11 de la LTAIBG en lo que atañe a sus “actividades sujetas a Derecho Administrativo” y, asimismo, cualquier persona tiene derecho a acceder a la información pública de la que dispongan las mencionadas entidades respecto a sus “actividades sujetas a Derecho Administrativo” previo ejercicio del derecho de acceso –artículos 12 a 22 LTAIBG. Entre tales supuestos pueden, a meros efectos orientativos, señalarse los siguientes ámbitos materiales sobre los que puede proyectarse el ejercicio del derecho de acceso a la información pública respecto de actividades de corporaciones de derecho público sujetas a derecho administrativo: - La información relativa al procedimiento electoral de la corporación de derecho público de que se trate. Las actas de los órganos colegiados de gobierno, respecto de todas aquellas actividades que se refieran al ejercicio de funciones sujetas a derecho administrativo de las previstas en la normativa sobre colegios profesionales con el límite derivado de la garantía de la protección de datos del artículo 15 de la LTAIBG.
El Consejo General de la Abogacía, ya publica en su portal de transparencia, precisamente a raíz de una solicitud del que suscribe, las Actas del Pleno, no obstante, también debería publicar, las relativas a la Comisión Permanente, Comisión Consultiva y Comisiones de Trabajo, dado que todas ellas son órganos colegiados del CGAE, regulados en Estatuto General de la Abogacía, el primero además órgano rector. (Véase artículos 89.4 y 107 a 110 del Estatuto General de la Abogacía Española).
Aunque la propia Ley de Transparencia y la aludida Guía establecen que no resulta necesario motivar las solicitudes de acceso, resulta evidente, por las propias funciones públicas que ejerce el CGAE y sus Órganos, la transcendencia, también pública, de conocer las Actas solicitadas y los asistentes a sus reuniones.
Tampoco puede obviarse, que, el CGAE actúa a través de sus órganos colegiados, por lo que las reuniones de los mismos, son actividad administrativa y la ocultación de sus acuerdos está impidiendo su posible impugnación, sustrayendo la actividad del CGAE de cualquier control de la legalidad en su actuación, lo que resulta totalmente inadmisible en un ente administrativo.
Por otro lado, es habitual que las Actas del Pleno, que sí se publican, hagan referencia a decisiones tomadas en resto de órganos colegiados del CGAE, aprobando o ratificando informes, o actuaciones llevadas a cabo por dichos órganos, por lo que para un debido conocimiento de los acuerdos del Pleno, es necesario conocer lo acordado en las reuniones de dicho órganos.
Ni que decir tiene, que en el supuesto de que el CGAE, como es deseable, comenzara a publicar en el portal de transparencia los acuerdos de las Comisiones, no sería necesaria la remisión de las mismas, bastando con que indiquen que están disponibles para su descarga.
Por todo, quedo a la espera de recibir, por esta misma vía (algletrado@gmail.com), la documentación solicitada dentro del plazo legal establecido o la indicación expuesta en el párrafo anterior.
Reciban un cordial saludo
Ángel López
Abogado
Redactado a 3 de diciembre de 2022.