Perdón por la expresión. La verdad es que no quería parecer grosero, pero sí captar su atención y he pensado que este recurso podría funcionar. Por otro lado, encaja muy bien con la cuestión de la que quiero hablar.
Voy a hablarles, en realidad más bien reflexionar en voz alta, de la Mediación "obligatoria mitigada" que es un "palabro", que alguien habrá inventado para no parecer grosero y decir Mediación "por cojones", pues ciertamente, queda feo.
La historia es que se está redactando un Anteproyecto de Impulso de la Ley de Mediación, que en resumen se traduce en dos cuestiones:
1) Para plantear una demanda en los Tribunales de Justicia (derecho este fundamental de toda persona), en principio, en una serie acotada de materias, previamente habrá que acreditar que se ha asistido a una sesión informativa sobre mediación y realizado con la otra parte una sesión exploratoria para ver si es posible mediar (vamos, ver si es posible llegar a un acuerdo).
2) La posibilidad de que el juez, una vez ya iniciado el proceso, y en cualquier materia y tipo de asunto, obligue a lo anterior, a las partes. Lo que en la práctica, podría ser, siempre o casi siempre, o cuando le de la real gana, que igual es casi siempre.
Si quiere conocer más en detalle, ver las materias que en principio han pensado que sería de aplicación (claro que abierto el melón esto suele ir siempre a más) e incluso revisar el Anteproyecto Legal, puede hacerlo en esta otra entrada, que he titulado: "La Mediación, nueva carga de acceso a la Justicia".
Voy a dejar a un lado, los numerosos problemas de carácter práctico que, así a priori, todo esto me plantea, como por ejemplo:
¿Quién va a pagar al mediador? Tanto si se logra el acuerdo mediado, pero sobre todo, si no se logra.
¿Quién va pagar al abogado que acompañe al cliente a la mediación? También en los dos casos anteriores.
¿Cuánto duran esas sesiones informativas (en el ICAM, actualmente, casi dos horas, a los que hay que sumar los tiempos de desplazamientos, suspensiones, etc, porque alguien al final no aparece, qué también pasa?
¿Cómo se localiza al demandado o demandados si no se ha iniciado el procedimiento (no siempre esto es tan sencillo)?
¿Quién paga los costes de notificar que se le va a demandar e invitarle a la mediación (remite burofax, no lo recoge, vuelve a mandarlo, responde que ese mediador no le gusta y qué tal si vamos a este otro, etc.)?
¿Quién decide a qué mediador se va?
¿Quién garantiza la imparcialidad de ese mediador? Ya, ya, ya sé que todos los mediadores son imparciales. A ver, qué van a decir ellos...
¿Por qué tengo yo que contarle, obligatoriamente, a un mediador mi asunto, mis problemas y mis historias? y más, cuando ese mediador, igual es un abogado o igual no, que igual me recomienda mal o me recomienda bien, que igual luego vaya usted a saber de qué informa o no informa y a quién...
A dicha sesión informativa sobre mediación tiene que ir la parte demandante en persona, siendo la presencia de su abogado, voluntaria (qué detalle, hasta nos dejan elegir).
Claro que a ver qué abogado, tiene a bien dejar al cliente que vaya sólito, a hablar con un mediador (abogado, también, muy probablemente y que, además, también gusta de hacer clientes nuevos para su despacho) y le cuente, vaya usted a saber qué, y con la otra parte, que igual va con su abogado, y vaya usted a saber, qué le dicen y qué le cuentan.
¿Y si se ponen 6/7 demandas al año (ejemplo una Comunidad de Propietarios), hay que chuparse 6/7 sesiones informativas?
¿Y si la demanda es contra 6/7 personas, hay que intentar mediar, con todas?
¿Y si es el típico supuesto ese que la otra parte no nos coge ni el teléfono y que tenemos más razón que un santo en nuestra reclamación, tengo que intentar mediar con él? ¿El qué? Si no hace ni caso y le da igual...da lo mismo, toca mediar por "c******".
¿Y por qué se informa solo de mediación y no se informa de otros medios alternativos de resolución de conflictos que existen?: Por ejemplo, arbitraje, negociación simple entre las partes, partida de mus, ruleta rusa, etc.
¿Y por qué sobre los beneficios de la mediación, informa un mediador, qué además, puede ser y seguramente será, el que en su caso medie? ¿Va a hacer lo mejor para las partes o buscará que haya una mediación a cualquier precio?
Ah, y por cierto. ¿Por que, cuando alguien va a voluntariamente a un mediador, no es obligatorio que venga a mi despacho (o de otro abogado) a que yo le informe de que también puede ir a los Tribunales? ¿Quien nos garantiza que los mediadores no le cuentan a la gente lo que no es de la Justicia, ni lo que no es lo más conveniente? ¿Y quién supervisa, que estos profesionales son todo lo imparciales que deberían, y que median bien, y no buscan el acuerdo por el acuerdo? Y es que, ya puestos a informar, al que, el Legislador presume como un "ciudadano estúpido", habrá que informarle bien, de todas las opciones de que dispone ¿o no?
Voy a hablarles, en realidad más bien reflexionar en voz alta, de la Mediación "obligatoria mitigada" que es un "palabro", que alguien habrá inventado para no parecer grosero y decir Mediación "por cojones", pues ciertamente, queda feo.
La historia es que se está redactando un Anteproyecto de Impulso de la Ley de Mediación, que en resumen se traduce en dos cuestiones:
1) Para plantear una demanda en los Tribunales de Justicia (derecho este fundamental de toda persona), en principio, en una serie acotada de materias, previamente habrá que acreditar que se ha asistido a una sesión informativa sobre mediación y realizado con la otra parte una sesión exploratoria para ver si es posible mediar (vamos, ver si es posible llegar a un acuerdo).
2) La posibilidad de que el juez, una vez ya iniciado el proceso, y en cualquier materia y tipo de asunto, obligue a lo anterior, a las partes. Lo que en la práctica, podría ser, siempre o casi siempre, o cuando le de la real gana, que igual es casi siempre.
Si quiere conocer más en detalle, ver las materias que en principio han pensado que sería de aplicación (claro que abierto el melón esto suele ir siempre a más) e incluso revisar el Anteproyecto Legal, puede hacerlo en esta otra entrada, que he titulado: "La Mediación, nueva carga de acceso a la Justicia".
Voy a dejar a un lado, los numerosos problemas de carácter práctico que, así a priori, todo esto me plantea, como por ejemplo:
¿Quién va a pagar al mediador? Tanto si se logra el acuerdo mediado, pero sobre todo, si no se logra.
¿Quién va pagar al abogado que acompañe al cliente a la mediación? También en los dos casos anteriores.
¿Cuánto duran esas sesiones informativas (en el ICAM, actualmente, casi dos horas, a los que hay que sumar los tiempos de desplazamientos, suspensiones, etc, porque alguien al final no aparece, qué también pasa?
¿Cómo se localiza al demandado o demandados si no se ha iniciado el procedimiento (no siempre esto es tan sencillo)?
¿Quién paga los costes de notificar que se le va a demandar e invitarle a la mediación (remite burofax, no lo recoge, vuelve a mandarlo, responde que ese mediador no le gusta y qué tal si vamos a este otro, etc.)?
¿Quién decide a qué mediador se va?
¿Quién garantiza la imparcialidad de ese mediador? Ya, ya, ya sé que todos los mediadores son imparciales. A ver, qué van a decir ellos...
¿Por qué tengo yo que contarle, obligatoriamente, a un mediador mi asunto, mis problemas y mis historias? y más, cuando ese mediador, igual es un abogado o igual no, que igual me recomienda mal o me recomienda bien, que igual luego vaya usted a saber de qué informa o no informa y a quién...
A dicha sesión informativa sobre mediación tiene que ir la parte demandante en persona, siendo la presencia de su abogado, voluntaria (qué detalle, hasta nos dejan elegir).
Claro que a ver qué abogado, tiene a bien dejar al cliente que vaya sólito, a hablar con un mediador (abogado, también, muy probablemente y que, además, también gusta de hacer clientes nuevos para su despacho) y le cuente, vaya usted a saber qué, y con la otra parte, que igual va con su abogado, y vaya usted a saber, qué le dicen y qué le cuentan.
¿Y si se ponen 6/7 demandas al año (ejemplo una Comunidad de Propietarios), hay que chuparse 6/7 sesiones informativas?
¿Y si la demanda es contra 6/7 personas, hay que intentar mediar, con todas?
¿Y si es el típico supuesto ese que la otra parte no nos coge ni el teléfono y que tenemos más razón que un santo en nuestra reclamación, tengo que intentar mediar con él? ¿El qué? Si no hace ni caso y le da igual...da lo mismo, toca mediar por "c******".
¿Y por qué se informa solo de mediación y no se informa de otros medios alternativos de resolución de conflictos que existen?: Por ejemplo, arbitraje, negociación simple entre las partes, partida de mus, ruleta rusa, etc.
¿Y por qué sobre los beneficios de la mediación, informa un mediador, qué además, puede ser y seguramente será, el que en su caso medie? ¿Va a hacer lo mejor para las partes o buscará que haya una mediación a cualquier precio?
Ah, y por cierto. ¿Por que, cuando alguien va a voluntariamente a un mediador, no es obligatorio que venga a mi despacho (o de otro abogado) a que yo le informe de que también puede ir a los Tribunales? ¿Quien nos garantiza que los mediadores no le cuentan a la gente lo que no es de la Justicia, ni lo que no es lo más conveniente? ¿Y quién supervisa, que estos profesionales son todo lo imparciales que deberían, y que median bien, y no buscan el acuerdo por el acuerdo? Y es que, ya puestos a informar, al que, el Legislador presume como un "ciudadano estúpido", habrá que informarle bien, de todas las opciones de que dispone ¿o no?
Bien, pues insisto, dejando a un lado, todo esto y otras muchas cosas que se me ocurren, la realidad es que si la mediación es:
- Tan buena, tan maravillosa, tan fantástica, tan útil, tan barata, tan práctica, tan rápida, la caña de España, vamos....
- Y además, parte del principio fundamental (y además lógico, pues si no hay voluntad de acuerdo, para qué vas a mediar), de que es "VOLUNTARIA".
Digo yo que sería mucho mejor hacer campañas publicitarias en la televisión sobre ella, que dado que es tan, tan, todas esas cosas, enseguida se correría la voz, el boca a boca, y todo el mundo, acudiría a ella, "VOLUNTARIAMENTE".
Bueno, pues teniendo en cuenta todo esto:
¿Por qué nos la tienen que imponer "mitigadamente" o, con perdón, por "cojones"?
Hasta aquí las reflexiones en voz alta por hoy, prometo que les hablaré más sobre este tema.
Ángel López
Abogado
0 comentarios
Si lo desea, no dude en comentar. Tras su revisión, el comentario será publicado.