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ALGUNAS REFLEXIONES TRAS LA DECLARACIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PARCIAL DE LA LEY DE TASAS JUDICIALES.
5:23Ángel López
La verdad es que el tema es de
gran transcendencia, por lo que lo que merecería un largo análisis, pero
carezco del tiempo para hacerlo, así que me voy a limitar a perfilar una serie
de ideas que creo relevante destacar (es más creo que no se nos deben pasar):
- - La Sentencia es una buena noticia, pero con
matices. Evidentemente, peor hubiera sido que las Tasas se hubieran declarado
constitucionales. No obstante, el fallo del TC supone la habilitación de que
unas Tasas moderadas son validas a los ojos de la Constitución. Esto tampoco es tan relevante a
efectos de afirmar su rechazo, siempre lo hemos dicho y así de hecho lo hemos puesto de
manifiesto en las reuniones informativas de La Brigada Tuitera con políticos:
la constitucionalidad no justifica que no sean infames y repugnen al sentido
común. La Justicia debe ser lo más accesible posible, pues constituye un bien
de primera necesidad, un derecho fundamental de primer nivel que no se debe
limitar y frente al que todos nos debemos enfrentar -en la medida de lo posible-,
en igualdad de condiciones. Las Tasas rompen con ese principio de igualdad, en
beneficio de aquellos que más tienen. En cualquier caso, que sean legales, no quiere
decir que no sean inadecuadas, perjudiciales e injustas. Quizás sea legal cobrar
una tasa para que te operen de apendicitis, pero creo que todos compartimos de
que no es lo deseable. Habrá que hacer un esfuerzo adicional para explicar
esto, que no es baladí. Aquí creo que es bueno recordar, que en la España
preconstitucional ya existían Tasas y con la Constitución siguieron vigentes, si
bien, se eliminaron en 1986 en lo que se consideró un gran avance de todos en
la consolidación hacia una democracia avanzada (sí, hace 30 años esto era lo
que se pensaba).
- - El fallo del Tribunal Constitucional no ha supuesto la
derogación de las Tasas, solo algunos de sus artículos han sido declarados
nulos, en especial todas las Tasas por recurrir y las cuantías variables, pero
se mantiene como válida la cuota fija de las Tasas en la instancia (por demandar),
salvo en lo que respecta a los procedimientos de la jurisdicción contencioso
administrativa, que también se han eliminado para el recurso ordinario y
abreviado (por demandar). Las Tasas anuladas afectan por igual a todas las
empresas, grandes y pequeñas, en realidad a todas las personas jurídicas, que
ahora, al no haber cuota variable, las pagaran en igual importe –una cantidad
fija–. Por otro lado, la Sentencia valida la posibilidad, hasta ahora negada, de
solicitar aplazamientos y fraccionamiento del pago, como si de cualquier otro
tributo se tratara.
- - Derivado de lo anterior hay que tener en cuenta
que PYMES y ONGs van a tener que seguir pagando Tasas, cuando existía y existe el compromiso político de PSOE, Ciudadanos, Podemos, Izquierda Unida y otros partidos de su eliminación. La Sentencia del TC no varía esta situación y por lo tanto no invalida los compromisos de
los grupos políticos a los que hay que exigir que los cumplan, y en la
legislatura que entra, dado que cuentan con una mayoría suficiente, cuando
menos, procedan a derogar las Tasas para PYMES y ONGs conforme se
comprometieron. Dado lo reducida que al final se queda la Ley de Tasas tras la Sentencia
del TC y la implementación del compromiso de eliminación de las Tasas para
PYMES y ONGs, es quizás el momento, de trasladar a los grupos políticos la idea
expuesta en la reflexión primera: la procedencia de la derogación total de la
Tasas Judiciales.
- - La Sentencia del TC establece la no devolución
de lo que el Estado ha cobrado indebidamente a los ciudadanos con Tasas
inconstitucionales. Al margen de estudiar y ver la posibilidad de si jurídicamente
es posible su reclamación –desde el punto de vista de técnica jurídica sí lo
parece, por mucho que el TC diga lo contrario– lo cierto es que hay una
responsabilidad y cobro ilegal por el Estado, por lo que debe exigirse al
Gobierno que de mutuo propio devuelva lo que ha “chuleado” a los justiciables.
Que el TC diga que no hay obligación legal de devolverlo, no quiere decir que
por decencia no se deba devolver. Esta exigencia debe hacerse de manera
contundente, para lo que habrá que hablar con los grupos políticos, y si el
Gobierno no efectúa la devolución, la opinión pública debe saber que el
Gobierno les ha engañado y “chuleado” su dinero.
- - Al hilo
de lo anterior, si el actual Ministro o uno que le sustituya (dado que con el
nuevo Gobierno es previsible que pudiera haber renovación de carteras), no
asume el compromiso formal de devolver el dinero, se convierte en el cómplice
y el responsable del cobro indebido de Tasas inconstitucionalmente, esto es, en
el responsable de “chulear” el dinero de los ciudadanos, por lo que deberá exigirse
su dimisión sin paliativos y con contundencia. Un Ministro que no devuelve el
dinero ni asume su responsabilidad, queda totalmente deslegitimado para dirigir
el Ministerio de Justicia de un Estado Democrático y de Derecho.
- - Sin perjuicio de lo anterior, y por lo que
respecta al actual Ministro de Justicia, Sr. Catalá, debe exigirse su dimisión
inmediata, pues por acción y omisión es responsable de haber mantenido una Ley inconstitucional,
cuando todos los operadores jurídicos le estaban diciendo que así era y cuando
además conocía los recursos de inconstitucionalidad formulados y por lo tanto
las alegaciones que los justificaban. No debe olvidarse que reformó la actual
Ley, por lo que la Ley en vigor no es ya la Ley de Gallardón, sino que es la
Ley de Catalá. Por cierto, que es difícilmente creíble que el Sr. Catalá no
estuviera al corriente y fuera consciente de la inconstitucionalidad de la Ley.
De hecho, si repasamos las primeras declaraciones que realizó de la reforma que
iba a acometer, estaban más próximas a lo fallado por el TC que a lo que
finalmente hizo. Inicialmente declaró que se iba a hacer un ajuste de todas las
partidas, sin embargo, seguramente porque mediáticamente le era más
interesante, finalmente sorprendió con una exención general a las personas físicas.
Sea como fuere, lo cierto es que la Ley actual es su Ley, y que no reformó
correctamente la norma, siendo responsable de que haya existido una Ley inconstitucional
que ha limitado el acceso a la interposición de demandas y a la formulación de
recursos, asi como del cobro de Tasas de forma ilegal. En consecuencia, debe
dimitir y está totalmente deslegitimado para dirigir el Ministerio de Justicia
de un Estado que se dice Democrático y de Derecho.
- - Junto con el anterior, la
Defensora “del Pueblo” debe dimitir pues no recurrió al Tribunal Constitucional,
como era su función constitucional, una Ley que era manifiestamente contraria a la constitución,
y ello cuando numerosos juristas de reconocido prestigio y el CGAE se lo solicitaron
expresamente, tal y como está documentado. Debe recordarse que el recurso de inconstitucionalidad
solo puede plantarse por unos pocos actores o instituciones, y es la Constitución la que le atribuye,
en representación de la ciudadanía (del Pueblo) esa tarea. De no ser por el recurso del PSOE,
en este país, habría una Ley inconstitucional limitando el acceso a la
Justicia, y eso es un error imperdonable en una institución de ese nivel. Y
espero, que simplemente sea un error, aunque, ya saben aquello de "piensa mal y acertarás".
- Finalmente, el Tribunal Constitucional nos debe hacer reflexionar y mucho sobre el Sistema Democrático que tenemos -o eso dicen-. Es injustificable la tardanza en resolver el recurso en un tema tan grave y de tanta trascendencia. Casi 4 años. Solo la fecha, 29 de julio en que se ha publicado la Sentencia, ya es más que sospechosa. A escasos días de la paralización del sector y de la ciudadanía por las vacaciones, y con un Gobierno, ya en clara minoría, siendo consciente el TC de que, en septiembre el Proyecto de Ley de la Brigada Tuitera para la derogación de las Tasas se iba a volver a presentar en el Congreso para su aprobación. De hecho ya quedó aprobado en la mini legislatura fallida que hemos tenido, con el voto a favor del PP para reestudiar las Tasas Judiciales. Vamos, que con la Sentencia, el TC le está haciendo un favor al Gobierno, al aclarar, por donde debe ir una nueva Ley de Tasas. El PP dice que está dispuesta a reestudiar, y el TC le aclara el camino. Mucho cuidado con este tema.
- Finalmente, el Tribunal Constitucional nos debe hacer reflexionar y mucho sobre el Sistema Democrático que tenemos -o eso dicen-. Es injustificable la tardanza en resolver el recurso en un tema tan grave y de tanta trascendencia. Casi 4 años. Solo la fecha, 29 de julio en que se ha publicado la Sentencia, ya es más que sospechosa. A escasos días de la paralización del sector y de la ciudadanía por las vacaciones, y con un Gobierno, ya en clara minoría, siendo consciente el TC de que, en septiembre el Proyecto de Ley de la Brigada Tuitera para la derogación de las Tasas se iba a volver a presentar en el Congreso para su aprobación. De hecho ya quedó aprobado en la mini legislatura fallida que hemos tenido, con el voto a favor del PP para reestudiar las Tasas Judiciales. Vamos, que con la Sentencia, el TC le está haciendo un favor al Gobierno, al aclarar, por donde debe ir una nueva Ley de Tasas. El PP dice que está dispuesta a reestudiar, y el TC le aclara el camino. Mucho cuidado con este tema.
En conclusión,
que muchas cosas han cambiado, pero queda mucho por hacer, y en las anteriores lineas, doy algunas ideas. Toca seguir peleando por una #JusticiaSinTasas y es fundamental seguir manifestando la oposición a las Tasas Judiciales de una manera contundente. No nos relajemos.
Gracias por haber
llegado hasta aquí leyendo, si te gusta comparte en redes sociales y no dudes en
dejarme tu comentario, que siempre es de agradecer y muy enriquecedor.